Crédito de
Educación

Línea de crédito que le permite acceder al Asociado o sus familiares a programas de formación.

Crédito de Educación Pregrado

TASAS DE INTERES DE PRESTAMOS A PARTIR DE OCTUBRE 01 DE 2025
TASAS NMV: 0.90%
  • CUPO: 3 Veces
  • PLAZO: 12 Meses
  • EA: 11.35%
  • GARANTÍA ADMISIBLE: 1 codeudor (*)
  • CONDICIONES y RESTRICCIONES: Soportes documentales; > 6 meses como asociado"
  • Tener una antigüedad mínima de seis meses para pregrado y doce meses para posgrados.
  • Estar al día en todas las obligaciones con la Cooperativa y haber cancelado como mínimo el 30% del valor del crédito anterior.
  • Plazos: el tiempo máximo de pago para cancelar este crédito hasta doce (12) meses para pregrado y hasta treinta y seis (36) meses para posgrados.
  • Garantía admisible: un (1) codeudor para pregrado y un (1) codeudor para posgrado
  • Desembolso: de acuerdo con los tiempos establecidos del área de crédito, se desembolsará después de cumplir todos los requisitos y de ser evaluado y aprobado por el comité de crédito, CBC Cooperativa desembolsará de acuerdo a instrucciones del asociado.
  • Monto: el valor máximo para pregrado, posgrados y especializaciones es el equivalente a TRES veces los aportes que tenga el Asociado al momento de la solicitud.
  • Condiciones y restricciones: soportes documentales (recibo de pago), antigüedad mayor a seis (6) meses como Asociado para pregrado y mayor a un (1) año como Asociado para posgrado.
  • Nota: el Comité de Crédito se reúne de acuerdo a políticas internas de CBC Cooperativa.
  • Los plazos y montos establecidos están sujetos al reglamento de crédito vigente, que lo pueden encontrar en Reglamento de Crédito
  • Para solicitar el crédito el asociado debe ingresar aquí (el peso total de los documentos que se deben adjuntar no debe superar 1 MB), en caso de no poder realizar el proceso, el asociado debe enviar el formato de crédito adjuntando dos últimos volantes de nómina, carta laboral reciente donde indique salario y comisiones (si aplica), comprobante de pago de la entidad donde va a realizar los estudios y fotocopia de la cédula ampliada al 150%.
  • No se podrá otorgar créditos a asociados que no cumplen con una capacidad de pago mínima del 50%, ni a aquellos que estén reportados negativamente en centrales de Riesgo (Art. 28 del reglamento). Solo se aprueba si los pagos se hacen para cubrir las obligaciones en mora.

Diligencie y descargue aquí su formato de

Nota: Los plazos y montos establecidos están sujetos al reglamento de crédito vigente, que lo pueden encontrar en Reglamento de Crédito.

Teatro: Inmaduros Agosto 2025